La ONG AMIC con domicilio en Carrer Iuca, 36 en Sant Antoni de Vilamajor (08459) e identificada con el número NIF G-63654925 organiza el sorteo (en adelante, “la Promoción”) de ámbito nacional, a desarrollar a través de Internet, exclusivo para usuarios residentes en Cataluña e Islas Baleares, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado requisitos de participación.
La finalidad de este sorteo es dar a conocer la iniciativa de la Organización.
La Promoción se iniciará el día 12 de abril de 2024 a las 10:00h, y finalizará el día 22 de abril a las 23.59h. La ONG AMIC se reserva la facultad de no proceder a llevar a cabo la acción promocional si para la fecha reflejada de comienzo de la misma no se ha registrado una participación superior a 10 personas.
Los requisitos de participación serán los siguientes:
Se elegirá al ganador por medio de la plataforma Rafflys de forma aleatoria. El ganador será comunicado el día 23 de abril de 2024 a las 18:00h a través del Instagram de la ONG AMIC, mediante una historia donde se verá el proceso de selección del ganador, el cual se mencionará en la propia historia.
El premio consistirá en un lote de tres libros infantiles en catalán, realizados por la propia ONG AMIC. El premio no se podrá canjear por dinero en metálico o por cualquier otro premio, ni puede ser objeto de cambio o alteración.
El ganador podrá contactar con la ONG AMIC durante el plazo de 24h a contar desde la fecha en la que se anuncie en el perfil social de la organización. En caso de que en el plazo estipulado no se produjese tal contacto, se procederá a seleccionar otro ganador.
La celebración del sorteo, así como la concesión del premio quedan sujetos a la normativa fiscal vigente.
Si se evidenciase que cualquiera de los Participantes no cumple con los requisitos exigidos en las Bases, o los datos proporcionados para participar no fueran válidos, su participación se considerará nula y quedarán automáticamente excluidos de la Promoción perdiendo todo derecho sobre los premios otorgados en virtud de esta Promoción.
La Organización se reserva el derecho de declarar el sorteo desierto.
No se permitirán comentarios u opiniones cuyo contenido se considere inadecuado, que sean ofensivos, injuriosos o discriminatorios o que pudieran vulnerar derechos de terceros. Tampoco se permitirán comentarios contra un particular que vulneren los principios de derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. No nos responsabilizamos de los daños ocasionados por los comentarios que hagan los Participantes en la Promoción, y que en cualquier momento pudieran herir la sensibilidad de otros Participantes.
La participación en la presente Promoción, así como la publicación de los comentarios que se realicen por parte de los Participantes en las publicaciones no podrán vulnerar bajo ningún concepto las Reglas comunitarias de Instagram ni las Condiciones de uso de Instagram.
Si se descubriese por parte de la Organización el empleo de medios fraudulentos para la participación, tales como el empleo de bots en los comentarios, el premio no le será adjudicado y seguirá siendo propiedad de la Organización.
A título enunciativo, pero no limitativo, no nos responsabilizamos de las posibles pérdidas, robos, retrasos o cualquiera otra circunstancia imputable a terceros que puedan afectar al desarrollo de la presente Promoción, así como tampoco nos responsabilizamos del uso que haga el Participante respecto del premio que obtenga de esta Promoción.
No asumimos la responsabilidad en casos de fuerza mayor o caso fortuito que pudieran impedir la realización de la Promoción o el disfrute total o parcial del premio.
En caso de que esta Promoción no pudiera realizarse, bien por fraudes detectados en la misma, errores técnicos, o cualquier otro motivo que no esté bajo el control de la Organización y que afecte al normal desarrollo del Concurso, nos reservamos el derecho a cancelar, modificar, o suspender la misma, incluyendo la página web de participación.
La Organización responsable del tratamiento de sus datos es ONG AMIC, con domicilio en Carrer Iuca, 36 en Sant Antoni de Vilamajor (08459) e identificada con el número NIF G-63654925.
De conformidad con lo establecido en el Reglamento General de Protección de Datos, cada participante con la aceptación de estas Bases Legales consiente que sus datos personales sean incorporados a un fichero, titularidad de ésta, con la finalidad de gestionar el sorteo, así como difundir y dar publicidad a sus resultados, y tramitar la entrega del premio.
Le informamos que puede ejercer sus derechos de Acceso, Rectificación, Supresión, Oposición, Limitación del tratamiento, Portabilidad, olvido y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas mediante el envío de un e-mail a lopd@ongamic.org o bien mediante carta dirigida a la siguiente dirección: Carrer Iuca, 36 en Sant Antoni de Vilamajor (08459), adjuntando en ambos casos copia de un documento identificativo.
Sin perjuicio de cualquier otro recurso administrativo o acción judicial, el Participante tendrá derecho a presentar una reclamación ante una Autoridad de Control, en particular en el Estado miembro en el que tenga su residencia habitual, lugar de trabajo o lugar de la supuesta infracción, en caso de que considere que el tratamiento de sus datos personales no es adecuado a la normativa, así como en el caso de no ver satisfecho el ejercicio de sus derechos.
Es por ello que el Participante declara haber sido informado de las condiciones sobre protección de datos personales aceptando y consintiendo el tratamiento.
Nos reservamos el derecho de modificar o ampliar estas bases promocionales, en la medida que no perjudique o menoscabe los derechos de los Participantes en la Promoción.
El mero hecho de participar en el sorteo implica que el Participante acepta totalmente las condiciones de estas Bases Legales. Asimismo, la participación en un sorteo de esta naturaleza supone la aceptación de las normas de la red social Instagram a través del cual se desarrolla el mismo.
Estas bases legales se rigen en conformidad con la aplicación la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas; el Real Decreto no 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas; Ley 13/2011, de 27 de mayo, de Regulación del Juego, la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades y el Real Decreto 3059/1966 de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de Tasas Fiscales.
Serán competentes para resolver cualquier reclamación o controversia que pudiera plantearse en relación con la validez, interpretación o cumplimiento de estas bases los Juzgados y Tribunales de la ciudad de residencia del Participante.